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Frontera

En Frontera, la indignación no es solo por la tragedia: también por la pregunta que queda flotando cuando el señalado pertenece a una corporación, según refieren reportes. El hecho duro es este: una menor atropellada el 2 de enero en la avenida Aviación murió tras 13 días en terapia intensiva del IMSS Clínica 7, y ahora el proceso sube de nivel porque un juez de control reclasificará el delito de lesiones a homicidio culposo; la Fiscalía Regional Centro sostiene la carpeta abierta y el imputado permanece detenido. Lo que sigue es la reclasificación formal y las medidas que determine el juez, pero la exigencia concreta es pública: peritaje y cronología en versión pública, y un plan de seguridad vial con metas verificables para que esto no se vuelva “otra estadística”.

El cambio de tipificación fue explicado por la propia autoridad ministerial regional: al consumarse el fallecimiento, el procedimiento continúa conforme a la ley y será el juez quien determine las consecuencias legales tras la reclasificación.

Los detalles finos (velocidad, dinámica exacta, responsabilidades) forman parte de diligencias y peritajes en curso, por lo que cualquier conclusión definitiva debe quedar bajo investigación y sujeta a lo que se acredite en la carpeta. Aun así, el expediente público ya marca elementos clave: se trata de un hecho vial y la imputación es culposa (no intencional), figura prevista en el marco penal estatal.

En paralelo, el municipio anunció una reacción preventiva: boyas, bordos, señalética y un programa de reducción de velocidad con multas para quien rebase límites, especialmente en zonas intervenidas por obras viales. Eso ayuda, pero no alcanza si no se mide y se sostiene.

La Fiscalía debe marcar un calendario público de hitos: fecha de reclasificación, etapa procesal siguiente y qué información sí puede transparentarse sin afectar la investigación (indicador simple: “avance por etapas”, actualizado cada semana). La corporación estatal, por su parte, tiene que informar —sin propaganda— el estatus administrativo del elemento y el protocolo aplicable cuando un integrante se ve involucrado en un hecho vial fuera de servicio (indicador: resolución administrativa con fecha y tipo de medida). Y el municipio debe convertir el anuncio vial en resultados: mapa de puntos intervenidos, número de reductores/señales instaladas y operativos de velocidad por mes, con reducción medible de incidentes (indicador: operativos/mes y siniestros viales en zonas priorizadas).

Si nos preguntan a nosotros, esto es lo que da mucho de qué pensar: cuando la tragedia toca a una familia, la justicia no se grita: se construye con expediente, transparencia posible y prevención real en calle. ¿cuántas vialidades en Coahuila están hoy “diseñadas” para el exceso de velocidad, y cuántas autoridades están dispuestas a publicar metas y resultados —mes a mes— hasta que deje de costarnos vidas?

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